Estancias formativas de especialistas de hospitales extranjeros

Las estancias formativas de especialistas de hospitales extranjeros están dirigidas a especialistas titulados o en formación de hospitales extranjeros. Están reguladas por el Ministerio de Sanidad, que tiene que dar su autorización.

Recibimos profesionales de 28 nacionalidades que llevan a cabo periodos de formación adicional de hasta seis meses integrados en los equipos asistenciales de más de 40 especialidades. El gran volumen de solicitudes anuales y la necesidad de hacer compatibles todos los programas formativos en un entorno respetuoso con los pacientes nos obliga a ser muy rigurosos con los circuitos y con las condiciones de admisión.

Circuito de solicitud e incorporación

Primer paso

La solicitud se realizará rellenando el formulario. Si conoces a los profesionales con los que quieres hacer la estancia, es aconsejable que contactes con ellos primero para conocer su disponibilidad. Recuerda que solo se puede solicitar una estancia formativa y un único hospitalEs imprescindible que adjuntes al formulario el informe del responsable del centro sanitario de tu país de procedencia donde prestas los servicios. En este informe se autoriza la rotación con tu nombre y apellidos, la especialidad, la unidad de rotación y las fechas de rotación. La fotografía que selecciones debe ser de tamaño carnet y debe tener el fondo blanco.

Segundo paso

La Comisión de Docencia del Hospital valorará la solicitud y emitirá una respuesta lo antes posible. En caso afirmativo, se comunicará al Departamento de Salud (órgano competente de la comunidad autónoma). Si es aceptada, la Comisión de Docencia reservará la plaza y enviará al solicitante una aceptación formal, firmada por la presidenta de la Comisión de Docencia, y la aceptación de la comunidad autónoma. Esta aceptación solo es válida durante las fechas especificadas y es necesaria para iniciar los trámites con el Ministerio de Sanidad. No genera ningún compromiso futuro por parte del Hospital si no va acompañada de la autorización correspondiente del Ministerio de Sanidad.

Tercer paso

Posteriormente, la persona interesada tendrá que iniciar los trámites con el Ministerio de Sanidad a través de la web siguiendo sus indicaciones. El Ministerio abre el plazo para valorar las solicitudes en dos momentos del año: enero-febrero y junio-julio. Posteriormente, recibirás la resolución del Ministerio. Una vez autorizada la estancia, el Ministerio de Sanidad cerrará el expediente. Así pues, un cambio de fecha implicará un nuevo trámite.

Cuarto paso

El día que te incorpores al Hospital, dirígete a la Dirección de Docencia para realizar los trámites oportunos. Recuerda que es indispensable que aportes una fotocopia del seguro de accidentes y de asistencia sanitaria y otra del seguro de responsabilidad civil. Asimismo, tendrás que firmar un documento de compromiso de confidencialidad y docente, en el que se especifica que conoces, entiendes y aceptas las condiciones establecidas por el Hospital.

Requisitos

  • Es necesario tener una vinculación laboral de carácter profesional o formativo con una institución pública o privada de algún país con el que el Estado español haya suscrito convenio de colaboración cultural. 
  • Debe estar en posesión del título de graduado universitario en medicina, farmacia o enfermería. 
  • También podrá hacer estancias formativas quien posea el título de especialista en ciencias de la salud o esté llevando a cabo la formación en alguna de las especialidades siguientes y que cumpla los requisitos de titulación que se detallan a continuación: psicología clínica, análisis clínicos, bioquímica clínica, inmunología, microbiología y parasitología, radiofarmacia o radiofísica hospitalaria.

Condiciones

  • La duración máxima de la estancia será de doce meses sin posibilidad de prórroga.
  • La autorización de la estancia formativa solo será válida para las fechas concretas detalladas en la resolución del Ministerio de Sanidad. 
  • Los y las especialistas en periodo de formación (residentes), por no ser residentes del Hospital Universitario Vall d'Hebron, ni de ningún otro centro español acreditado para la formación especializada, en ningún caso podrán realizar las mismas actividades que los residentes de hospitales del Estado español, ni en lo que afecte a la práctica y el aprendizaje de habilidades técnicas, ni con respecto a la asunción progresiva de responsabilidades asistenciales.

Certificados

  • Una vez concluido el periodo formativo, la Comisión de Docencia emitirá un certificado en el que hará constar las actividades llevadas a cabo y la evaluación de la estancia formativa como satisfactoria o no satisfactoria a la vista del informe que emitan los profesionales que hayan tutelado la formación.
  • El Ministerio de Sanidad, una vez examinada la evaluación, expedirá una certificación acreditativa de la estancia formativa. 
  • Ni el certificado del Hospital ni el del Ministerio podrán ser utilizados para la obtención del título español de especialista ni para la homologación del título extranjero correspondiente.

Relación de los profesionales con el Hospital Universitario Vall d'Hebron

  • Accederán al recinto hospitalario con una finalidad exclusiva de formación. 
  • La aceptación de la estancia no establece ningún tipo de vinculación laboral con el Hospital y no se percibirá ningún tipo de compensación económica ni retribución por parte del Hospital durante el tiempo que dure la formación.
  • Estarán sujetos a la normativa y el reglamento internos del Hospital, así como a las normas específicas del servicio o la unidad donde se realice la formación. 
  • Se debe disponer de tarjeta sanitaria o, en caso de los profesionales extranjeros, de una póliza de accidentes y un seguro que les cubra la asistencia médica. El Hospital se exime de cualquier reclamación, con respecto a enfermedad común o accidente que pueda sobrevenir como consecuencia de su permanencia en las dependencias del centro, dado que la estancia es exclusivamente para formación. • El Hospital se reserva el derecho a revocar el permiso de estancia en cualquier momento, si considera que se han incumplido las condiciones establecidas.

Actividades de los profesionales en el Hospital Universitario Vall d'Hebron

  • El o la profesional tendrá el horario de formación que pacte con su supervisor/a, en función del programa y con el visto bueno del jefe o la jefa de servicio o supervisor/a de enfermería.
  • No podrá firmar documentación clínica, ni responsabilizarse de la atención de pacientes ingresados, ambulatorios o de urgencias.
  • Las actividades en las que intervenga serán planificadas, dirigidas, supervisadas y graduadas por los profesionales que presten servicios en la unidad asistencial en la que se realice la estancia y tienen que contar con el consentimiento de los pacientes para estar presentes o participar en su diagnóstico o tratamiento mediante la entrevista clínica, la exploración o la realización de procedimientos de cualquier tipo.
    Estará obligado a conocer y respetar la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal (RGPD, Reglamento UE 2016/679 y LOPD 3/2018, de 5 de diciembre) y garantizar el secreto profesional tanto durante la estancia en el Hospital como después.
  • Tiene que estar colegiado/a y disponer de una póliza de responsabilidad civil que le cubra los riesgos en que pueda incurrir como consecuencia de las actividades llevadas a cabo durante su estancia formativa.

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